Hegel era escéptico al posible éxito del proyecto de reforma inglés.
Este gran filósofo idealista alemán en su último artículo político escrito en 1831 que se titula Sobre el proyecto de reforma inglés y que trata sobre los supuestos jurídicos para el ejercicio del sufragio. Aunque en su obra Fundamentos de la Filosofía del Derecho de 1821 Hegel se muestra como un liberal moderado ya que apoya la monarquía prusiana, y también es evidente que a lo largo de su trayectoria académica desarrolla aspectos políticos reformistas que fueron vigilados por el poder prusiano, y por su censura. Indudablemente, Hegel juzgó positiva la revolución francesa, si bien criticó enérgicamente los violentos excesos de 1793
Considera Hegel que es más racional que se apliquen lo antes posible procesos de reformas profundas que el surgimiento de procedimientos revolucionarios. Como también indica Jacques D’Hondt explicando los planteamientos políticos hegelianos: «Sin embargo prefiere las reformas que provienen «de arriba» y se indigna y se impacienta ante su retraso. Si los dirigentes ingleses tienen que afrontar un día una rebelión, desde luego, deplorable, ¿acaso no lo tendrían muy merecido?». Lo que pone de manifiesto que Hegel está convencido de que debe darse al pueblo una constitución que incorpore las justas demandas de los ciudadanos, limitando, por ejemplo, el poder exorbitante de los Junkers.
Estos surgieron de la baja nobleza y constituían una aristocracia que acumulaba grandes propiedades, y un desmesurado poder por medio de sus numerosas conexiones familiares. Para Hegel, las leves reformas en la estructura de poder del estado son insuficientes, porque los ciudadanos en su época no se conformaban con ligeros retoques a la situación política existente. Como comenta Hegel: «El destino será muy duro para los que quieran seguir haciendo oídos sordos». Que en latín es expresado por el pensador alemán diciendo: Disciti justitiam moniti!, aunque poseía un cierto optimismo ante el futuro político de Inglaterra y Prusia que no fue confirmado por los hechos sucedidos tras su muerte en 1831.
Por tanto, se manifiesta un claro escepticismo por parte de Hegel en relación al posible éxito del proyecto de reforma inglés, porque considera que las intenciones reales de los políticos británicos de este primer tercio del siglo XIX se basan en los intereses de poder más primarios, y no en el bienestar del pueblo y en la eliminación de privilegios. Además, la preocupación por la estabilidad de la sociedad y del estado se explicita de un modo muy claro ya que Hegel escribe en sus Principios de la Filosofía del Derecho: «Lo único que pueden ofrecer las instituciones sociales es protección contra situaciones contingentes y la organización de servicios generales que permitan a los individuos alcanzar sus fines particulares». En efecto, esto concuerda perfectamente con la afirmación actual de los derechos sociales y del estado del bienestar.
El idealismo absoluto hegeliano en el ámbito del pensamiento político proyecta de un modo extraordinariamente profundo y audaz una nueva vía de construcción de las acciones políticas y sociales. Porque para Hegel la actividad institucional, y los poderes del estado deben sustentarse en una investigación y análisis de la realidad empírica. Ya que en el mundo real que es dinámico se pueden extraer racional y críticamente criterios normativos que sean positivos para todos y equilibrados considerando la totalidad.
Puesto que una reflexión crítica sobre lo fáctico profundamente analizado es esencial para una coherente orientación de las decisiones del poder estatal, como representación de la soberanía popular. De todos modos, la impronta idealista y racional de la teoría del derecho hegeliana se expresa en sus obras: «En el estado no hay que querer más que lo que es una expresión de la racionalidad». En cualquier caso, desde la perspectiva filosófica de Hegel la propiedad es una de las bases de la libertad individual, aunque se oponga a la acumulación de riqueza de los Junkers. La filosofía política hegeliana posee muchas perspectivas conceptuales, y no es definible de una vez por todas con una simple denominación absoluta. Y una de las cuestiones que es indiscutible es que Hegel superó en este último artículo sobre la reforma política inglesa la intromisión injustificable de la censura prusiana, por la simple expresión escrita de sus coherentes y profundos comentarios políticos
Fuente: http://www.diariosigloxxi.com/texto-diario/mostrar/178564/hegel-y-la-politica#.PIT2FqGo77EXKRk
9 de junio de 2014